Una introducción al conocimiento de los Alcaldes de Hermandad del Partido de Pergamino

 

 

Patricio Andrés Klimezuk(*)

 

Resumen

 

El presente trabajo se propone la realización de un análisis prosopográfico de tres Alcaldes de la Hermandad del Partido de Pergamino que fueron elegidos entre los años 1785 y 1821, cuando el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires decidió su reemplazo por los Jueces de Paz. A partir del perfil social que tuvieron esos funcionarios, podremos tener una primera aproximación de cuál fue el grupo social que encabezó el primer elenco gobernante en la región y cuáles fueron las diferencias entre ellos. También se profundizará el alcance de sus funciones, tanto las determinadas por las normativas vigentes como las decididas por las autoridades superiores. Por otra parte, se revisará su relación con los otros poderes establecidos en la zona y la relación que mantuvieron con los Alcaldes Provinciales y los Ordinarios del Cabildo porteño. Las fuentes que se utilizarán en el trabajo serán diversas: los partes de los Comandantes de Frontera; los Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires; el Empadronamiento de 1779; el Padrón de la campaña de 1779; el Censo de Hacendados de 1789, y; el Censo de 1815, entre otros.

 

Palabras claves: Alcaldes de Hermandad; Cabildo; Río de la Plata; Pergamino.

 

 

 

An introduction to the knowledge of the Brotherhood Mayors of the Pergamino

 

Abstract

 

The present work proposes the realization of a prosopographic analysis of three Mayors of the Brotherhood of the Pergamino Party who were elected between the years 1785 and 1821, when the Government of the Province of Buenos Aires decided to replace them with the Justices of the Peace. From the social profile that these officials had, we will be able to have a first approximation of which was the social group that headed the first ruling cast in the region and what were the differences between them. The scope of its functions will also be deepened, both those determined by current regulations and those decided by higher authorities. On the other hand, their relationship with the other powers established in the area and the relationship they maintained with the Provincial Mayors and Ordinaries of the Buenos Aires City Council will be reviewed. The sources that will be used in the work will be diverse: the parts of the Border Commanders; the Agreements of the extinct Cabildo of Buenos Aires; the Registration of 1779; the Register of the 1779 campaign; the Census of Landowners of 1789, and; the 1815 Census, among others

 

Keywords: Mayors of Brotherhood; Cabildo; Río de la Plata; Pergamino.

 

 

 

Una introducción al conocimiento de los Alcaldes de Hermandad del Partido de Pergamino[1]

 

Introducción

 

El presente artículo es parte de una investigación en curso para la realización de un trabajo que permita a su autor la acreditación de la finalización de sus estudios de posgrado.[2] Como parte de ese recorrido, acá presentaremos las historias de vida y el perfil de tres Alcaldes de Hermandad de Pergamino,[3] y al hacerlo, intentaremos determinar algunas características comunes a todo el grupo. De esta manera, en un acercamiento prosopográfico, describiremos su origen, las actividades comerciales, productivas y laborales que realizaron en el pasado y que estaban llevando adelante en el momento de su asunción al cargo.

Por su parte, y a partir de la variedad de fuentes que se indagaron, se observará la relación que los mismos mantenían con otros actores de la comunidad local, como los capellanes o los comandantes de frontera, y la que sostenían con las autoridades jurisdiccionales superiores asentadas en la Ciudad de Buenos Aires. También se podrá ver cuáles eran las tareas que cumplían, tanto las establecidas por la normativa vigente como otras encargadas por las jurisdicciones superiores. Y cuáles eran las demandas que los Alcaldes les hacían a esas mismas autoridades.

Sin embargo, lo distintivo será que este recorrido nos permitirá aproximarnos a una tipología de las diferentes situaciones socio-político-económicas de cada uno de estos funcionarios, ubicándolos en uno de los tres conjuntos mayores que hemos construido.[4]

Estos grupos juntan a Alcaldes de Hermandad que reúnen características comunes entre sí y que los diferencian de los que se encuentran en los otros conjuntos, intentando plantear que los hombres que ocuparon el cargo presentaban diversas posiciones en la estructura social local y que no todos ellos formaban parte del sector más acomodado de la población pergaminense.

 

Los Alcaldes de la Santa Hermandad: jurisdicción y funciones

 

La institución de los Alcaldes de la Santa Hermandad no es una invención del derecho indiano ni una creación in situ de las autoridades de este lado del Atlántico. Hunde sus raíces en la baja edad media española. Según Abelardo Levaggi (2009), “la Santa Hermandad fue una institución permanente, creada por los Reyes Católicos en 1476 para Castilla, constituida por alcaldes y cuadrilleros, destinada a perseguir y castigar a quienes cometían delitos en despoblado” (p. 318).

Una vez producida la conquista, la institución comenzó a ser utilizada también para el gobierno de la campaña en el mundo rural americano. Barriera asegura que “la designación de éstos está registrada para Buenos Aires desde 1606” (Barriera, 2010, p. 46).

Hubo dos clases de Alcaldes para el gobierno de la campaña: el Provincial, con jurisdicción en toda una provincia; y los partidarios, con jurisdicción territorial menor. En el primer caso, se trató de un cargo venal, con superioridad jerárquica frente a los segundos, por lo que tenían capacidad de ser instancia de apelación, y con residencia en el Cabildo de Buenos Aires, aunque esta situación y la jurisdicción que le correspondía siempre fueron motivos de disputas con los Alcaldes de primer y segundo voto, electos entre los vecinos más destacados, en la primera sesión del año del gobierno de la Ciudad.

La norma que regulaba los casos en los que tenían que intervenir los Alcaldes de Hermandad era la Ley 2, Título 13, Libro 8 de la Recopilación Castellana. Sin embargo, y como señala Levaggi (2009), “además de las normas generales...las hubo particulares” (p. 319), tanto delegadas por el Cabildo, que era la institución que los había elegido, como por las autoridades superiores a esa corporación municipal, como los Gobernadores/Intendentes o los Virreyes, que por otra parte se encargaban de la confirmación de las elecciones.

Básicamente, los Alcaldes de la Hermandad tenían jurisdicción en lo que se conocía como los cinco casos de hermandad. El Cabildo de Buenos Aires recordaba con frecuencia cuáles eran, a su entender, las funciones que debían desempeñar, y a la vez, cuáles eran las delegaciones de facultades que, sin estar normadas, las autoridades superiores los habilitaban para intervenir.

Así, por ejemplo, en el Acuerdo del Cabildo de Buenos Aires del 21 de marzo del año 1787, se lee la solicitud de la Real Audiencia para que la institución le brinde un informe sobre la elección y las facultades que tenían estos jueces, en la que estos responden lo siguiente:

 

Estos ultimos no han tenido otro titulo ni han disfrutado de mas autoridad que la que les confirio el Excelentisimo Señor Primero Virrey de estas Provincias con fecha treinta y uno de Diziembre de mil setecientos setenta y siete, y los primeros han tenido igual titulo que los Alcaldes ordinarios, á saber la eleccion y confirmacion, y han exercido Jurisdiccion ordinaria en los cinco casos de Hermandad que prescrive la Ley segunda, titulo trece libro octavo de Castilla, ceñida solamente á la aprehension de los delinquentes, formacion de el Sumario, y remision de el unas veces á los Señores Governadores, y otras á los Alcaldes ordinarios, y delegada con limitacion, asi en los demas negocios, que no son de Hermandad como en los Civiles, de corta entidad desde el año pasado de ochenta y cinco, en que dichos Alcaldes ordinarios movidos de la distancia de los territorios, y de la dificultad de ocurrir por ellas á tantas urgencias como las que se presentan les concedieron y cada año les conceden la delegacion como resulta de dicho testimonio (Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires, Tomo VIII - Libros XLVII al XLIX- Años 1786 a 1788)

 

Sobre el tema, Darío Barriera (2013) aseguró, que, en líneas generales, los Alcaldes de Hermandad “podían resolver in situ y oralmente la mayor parte de los conflictos en los que intervenían” y que estos eran “robos a casas, carretas, asaltos en el camino o insultos, golpes o reyertas que terminaban con alguna herida” (p. 27). En el caso de que la disputa entre partes involucrara un monto económico superior a los 50 pesos, debían levantar un sumario, lo cual la mayoría de las veces se hacía de forma oral y una vez llegados a la Ciudad, para que interviniera el alcalde ordinario del cabildo.

Una situación similar se producía cuando se trataba de un homicidio: también tenían que realizar un sumario y trasladar al acusado a la justicia ordinaria. Si del pleito participaban indios, levantaban el sumario y llevaban a los implicados ante el alcalde de primer voto, “excepto que se tratara de robo de ganados, delito frente al cual podían conocer y sentenciar oralmente” (Barriera, 2013, pp. 27-28).

Según el autor, es probable que gran parte de su trabajo no llegara a la sumaria escrita: una de sus funciones primordiales fue la mediación -cuyo objeto podían ser peleas entre vecinos pero también conflictos de tipo económico o diferencias de opinión sobre términos de tierras o marcas de ganado- tarea que no dejaba registro escrito (Barriera, 2013, p. 28).

No obstante, las tareas, como hemos señalado, eran susceptibles de ser ampliadas a requerimiento de las autoridades superiores; por ejemplo, podían incluir la realización de padrones de la campaña, como lo atestiguan el caso de Don Florencio Villalta en 1789 y el de Don Manuel Acevedo y Olmos, en 1815; o la recaudación de los impuestos fijados por el Cabildo de Buenos, como sucedió con un establecimiento de bochas, que el cuerpo autoriza a funcionar el 20 de junio de 1809.

En particular, y continuando con el aspecto normativo, para el Partido de Pergamino, fue fundamental lo plasmado en el Acuerdo del 30 de diciembre de 1784, en el que el Cabildo recibe un oficio del Gobernador/Intendente Francisco de Paula Sanz, porque para la localidad significó el documento que la designa como Partido y habilita la elección de la primera autoridad política.

En primer lugar, De Paula Sanz rechaza el pedido del cuerpo para elevar el número de Regidores, que las autoridades municipales habían fundamentado en el nuevo contexto que vivía la Ciudad, ahora residencia de, entre otros, el Virrey, la Real Audiencia, la Superintendencia General de la Real Hacienda, el Tribunal de Contaduría.

Por otra parte, el Gobernador/Intendente les pide que se elijan un número suficiente de Alcaldes de Hermandad para evitar “quanto sea posible los exzesos indicados”, en referencia a los incidentes que se producían en la campaña (Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires, Tomo VII - Libros XLIV al XLVII- Años 1782 a 1785).

No obstante este oficio, en la lectura de los Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires hemos encontrado una designación de Alcalde de Hermandad previa a 1785 para la localidad de Pergamino.

Don Florencio Villalta fue elegido en 1784. Evaluamos esta información como significativa porque recién a fines de ese año se dio a conocer el oficio al que hacíamos mención anteriormente. Lo cierto es que a los que se eligieron en el año 1783 para el Pago de la Magdalena (Don Francisco Ballesteros y Don Francisco Santos Jiles), para el Pago de la Matanza (Don Francisco Fernández), para la Costa y Conchas (Don Juan José Castro), para los Arroyos (Don José Molina), para Arrecifes (Don José Antonio Castaño) y para la zona norte y sur de la Ciudad (Don Simón Thadeo Sosa y Don Juan de Ausía, respectivamente); en el año 84 se sumaron la elección de un Alcalde de Hermandad para Areco (Don Pedro José Pinero) y Pergamino (Don Florencio Villalta), comicios que por otra parte, fueron confirmados por el Gobernador/Intendente Francisco de Paula Sanz.

La particularidad es que Pinero efectivamente asumió su cargo el día 4 de mayo de 1784, con el debido cumplimiento de juramento ante el Cabildo porteño, pero Villalta nunca tomó el suyo. Esto significa que en el caso que estamos estudiando, a la ampliación de designaciones que se dio en 1785, la precedió una durante el año anterior, que no podemos determinar a qué se debió pero que se encuadra en una preocupación creciente en la cabecera de la jurisdicción sobre el gobierno de la campaña y sus crecientes poblaciones.

Algunas cuestiones relevantes a tener en cuenta sobre la función de los Alcaldes de Hermandad son las siguientes:

- En primer lugar, que si bien el mandato duraba un año, no cesaba hasta que el próximo entrará en funciones. De esta manera, el Cabildo se protegía y protegía a la localidad ante la posible negación de una persona a asumir el cargo, lo que, no obstante, generó quejas de los que debían permanecer en el cargo durante períodos más prolongados de tiempo;

- En segundo lugar, que la comunicación con los Alcaldes de Hermandad se producía mediante chasques, que comunicaban los sucesos de Buenos Aires en la campaña y viceversa;

- En tercer lugar, creemos que la elección de una autoridad determinada para un partido dependió de varias cosas, independientemente del mayor o menor conocimiento que hubiera de esa persona en Buenos Aires. E incluso, para salvar esa situación, existían una serie de procedimientos, como la conformación de ternas de candidatos por los alcaldes vigentes en el cargo. Sin embargo, existían otros procedimientos, como la consulta a personalidades notables de la localidad.

 

Quiénes fueron los Alcaldes de la Hermandad de Pergamino

 

Si bien nos referiremos a tres casos específicos, aportamos en el Cuadro N°1 el nombre de todos los Alcaldes electos y la fecha de asunción en el caso que correspondiese.

 

Cuadro N° 1: Los Alcaldes de Hermandad de Pergamino

 

 

 

Fuente: Elaboración propia en base a información registrada en los Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires. Notas: 1) La situación con Don Florencio Villalta fue mencionada en la nota N°1; 2) Cuando un alcalde era reelegido en su función, no debía concurrir al Cabildo para la toma de posesión de su cargo, lo que no indica que no haya estado efectivamente en ejercicio; 3) Cuando en el cuadro se dice que un individuo “No asumió”, es porque no se acercó al Cabildo para la toma de posesión de su cargo; 4) En el caso del pedido de exoneración, hay situaciones particulares planteadas por cada uno de los Alcaldes que la solicitaron; 5) Por último, en el caso que figura “Sin registro propio”, los datos fueron tomados del historiador Rafael Restaino al no contar con los Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires para esos dos años. Acá hemos considerado para los distintos cálculos que se realizarán, como que no han asumido sus cargos.

 

Veamos los datos concretos: se eligieron 37 veces Alcalde de Hermandad para el Partido de Pergamino. Para cubrir el cargo, se seleccionaron 30 personas distintas. Una primera mirada indica que si para 37 años se eligieron 30 personas, hubo varios que fueron reelegidos. Y así fue. Cinco personas fueron elegidas 2 veces, y entre ellas, 3 (Florencio Villalta, Gerónimo Morales y Leandro Figueroa) lo fueron consecutivamente y 2, no (Juan Guardiola y Ramón Montes). Una persona fue elegida 3 veces (Manuel Pombo) y una 4 (Vicente Roldan). En cuanto a los que no asumieron el cargo, tenemos 13 mandatos que no fueron cubiertos por quienes habían sido elegidos. Es decir, que si tomamos los 37 años y sacamos un porcentaje de cobertura del cargo, tenemos que en el casi 73% de las ocasiones, el mismo fue cubierto.

No obstante, si hacemos la evaluación a nivel personal, el porcentaje desciende hasta ubicarse en un 63,33%. De las 30 personas que fueron elegidas para ocupar el cargo, no asistieron a su asunción o pidieron su exoneración 11.[5]

Más allá del panorama general, es indudable que, a simple vista, hubo un extenso período que abarca 1785-1810 en donde, más allá de comenzar en los últimos años del mismo un proceso re eleccionario, la norma fue la asunción y que después de esa fecha, los pedidos de exoneración y las ausencias a tomar el cargo prevalecieron.

De los 26 mandatos que se sucedieron, entonces, entre 1785 y 1810, sólo dos no fueron cubiertos por las autoridades electas durante esos años. Esto da un porcentaje de cobertura de la función de más del 92%. Por su parte, entre 1811 y 1821, el porcentaje desciende abruptamente y se ubica en menos del 30%. Solamente en 1814, en 1816 y en 1821 hubo un Alcalde de la Hermandad electo que se acercó al Cabildo a asumir su cargo. Y cabe un recordatorio: en los dos últimos años en cuestión, se trata de la misma persona, Don Ramón Montes.

Para completar la información del conjunto de los Alcaldes de Hermandad, la edad promedio que pudimos determinar para la asunción del cargo fue de 42 años, tomando en cuenta los 14 funcionarios sobre los que pudimos establecer el dato bastante aproximadamente.

En cuanto al uso de la distinción de “Don”, más allá de la denominación taxativa al respecto que realizó el Cabildo de Buenos Aires cuando los nombró, la prácticamente totalidad de los Alcaldes de Hermandad lo recibieron en algún momento de su vida, aunque algunos de ellos ni antes ni durante el ejercicio del cargo, sino en momentos posteriores.

Esta situación abre el interrogante sobre qué llevaba a una persona a ser distinguida de esa manera. Por la investigación que estamos llevando adelante, y refiriéndonos específicamente al reconocimiento de la propia comunidad, juzgamos que son una serie de elementos los que intervienen en el proceso: en primer lugar, el grupo social al que pertenecía la persona en cuestión, es decir, si era criollo o español, indio, etc.; en segundo lugar, su situación patrimonial; en tercer lugar, las relaciones sociales y políticas que el sujeto hubiera construido en el pago.

En cuanto a las nacionalidades, solo dos Alcaldes electos declararon haber nacido en Pergamino: Don Francisco Borja Ludueña y Don Fulgencio Azevedo. En el resto de los casos, tenemos cuatro que provienen de España (uno de Jerez de la Frontera, uno de España sin definir el lugar específico, uno de Galicia y uno de La Coruña); cinco que migraron desde localidades cercanas (tres desde Arroyos, uno desde Rosario y uno desde Areco); uno que lo hizo desde Portugal y otro desde Chile. Solamente uno figura en una de las fuentes analizadas como “Natural”, Gregorio Díaz.

Ahora sí, pasaremos al análisis de tres casos que, creemos, pueden ser representativos de cada uno de los conjuntos en los que hemos dividido a la totalidad de los Alcaldes de Hermandad.

 

1785: Don Pedro Baños

 

Don Pedro Baños fue elegido Alcalde de la Hermandad el 1° de enero de 1785 y asumió el cargo el 7 de febrero de ese año. El hecho se produjo luego de la orden emanada por el Gobernador/Intendente Francisco de Paula Sanz al Cabildo hacia fines de 1784 para que se acrecienta el número de Alcaldes de Hermandad que permitan ejercer mayor control sobre los territorios sobre los que ejercía su jurisdicción.[6]

Rafael Restaino (2015) pudo rastrear que una década antes de su nombramiento como Alcalde de Hermandad, Don Pedro Baños ya estaba asentado en la localidad de Pergamino. Según el historiador, el dato lo aporta una carta fechada el 11 de junio de 1775, en la cual Baños le solicita al Comandante del Fuerte que a pesar de haberse radicado recientemente necesita que se tomen medidas de seguridad que son numerosos los robos de hacienda (p. 82).

Don Pedro Baños aparece empadronado en el Partido de Pergamino en el relevamiento que se llevó adelante en 1779. Ahí aparece bajo la distinción de “Don”, de uso muy restrictivo en ese padrón, y mencionado en tercer lugar, todas características que pueden dar a entender un ascendente sobre el pequeño pago, que por entonces no cuenta ni con 400 personas si a las que en ese momento se encontraban en Pergamino se les sumaran las que había pasado al poblado de Rojas.

El futuro Alcalde de Hermandad vive con su esposa y un esclavo, lo que nos permite apuntar dos cuestiones: en primer lugar, que se trata de un esclavo en una población que en total tenía 15 y en la que solamente 3 vecinos tenían más de uno y dos de ellos, 4: la viuda de Gomes (así figura en el padrón) y Don Juan Núñez; en segundo lugar, que el precio de los esclavos era en ese entonces una de la principales inversiones que tenía un productor, porque el costo de la tierra, en un momento de relativo fácil acceso a la misma, se mantenía bajo.

A estos indicadores, le podemos sumar una fuente particular: Alonso Quesada, autoridad militar de la zona, además del empadronamiento, le brindó otros listados con información de la localidad al Comandante de Frontera, Francisco Balcarce, que amplían información sobre la población pergaminense.

Con fecha 23 de julio de 1779, Balcarce remitió a Buenos Aires un informe con datos sobre la Capilla de Nuestra Señora de la Merced, en la que se pueden observar, entre otras cosas, aporte de vecinos a la Iglesia por distintos motivos, entre ellos por defunciones.

En ese sentido, Don Pedro Antonio Baños, contribuyó con 4 pesos por su suegra María Baldes el 1 de febrero de 1779, por derechos parroquiales vinculados a su deceso. Resaltamos la distinción de “Don”, porque en el mismo documento aparecen otros futuros Alcaldes de Hermandad, también realizando aportes, que no reciben ese reconocimiento: Fructuoso Rodríguez y Gregorio Díaz.

Los libros de bautismos, matrimonios y defunciones de la parroquia de Nuestra Señora de la Merced nos ayudan a reforzar el ascendente que Don Pedro Baños tenía sobre la población, a la vez que conocer vinculaciones que el futuro Alcalde mantenía con el poder eclesiástico y militar de la localidad, por ese entonces, los únicos reconocidos institucionalmente.

En primer lugar, podemos mencionar que la primera entrada que registra el libro de bautismo de la ahora parroquia de Pergamino, informa sobre un nacimiento que “por necesidad” se llevó adelante en la casa del recién nacido “por Don Pedro Baños”, a la postre padrino junto a su esposa, Gabriela Troncoso (Parroquia Nuestra Señora de la Merced, Bautismo: Libro N° 1, Folio N° 1).

De acá se desprenden dos cuestiones: una, que para fines de la década del `70 y principios de la del `80, Pedro Baños ya era reconocido no solo por las autoridades militares, como vimos en el Empadronamiento de 1779, sino también por las eclesiásticas, con el uso de “Don”. Por otra parte, como también sucederá con otros Alcaldes de Hermandad, Fray Escudero, entonces a cargo de la parroquia, no cuestiona su capacidad para bautizar a niños y niñas, como sí sucederá con otras personas en otros registros.

Sin embargo, los fuertes contactos que mantuvo el futuro Alcalde con los poderes de la zona quedan más claros cuando sea padre: el 15 de abril de 1783, él y su mujer, Doña Josepha Troncoso, bautizaron a su hijo Pedro Manuel de 3 días de edad. El padrino fue el cura y vicario de la parroquia, Don Juan Manuel Ximenez, lo que obligó a que la ceremonia sea presidida por el capellán del fuerte de Rojas, José Borda (Parroquia Nuestra Señora de la Merced, Bautismo: Libro N° 1, Folio N° 28 y 29).

También su siguiente hija, Ana María, fue apadrinada por un clérigo: el presbítero y cura vicario de la parroquia de San José de Arrecifes (Parroquia Nuestra Señora de la Merced, Bautismo: Libro N° 1, Folio N° 40).

Por lo dicho, podemos apuntar que Don Pedro Antonio Baños era un vecino con presencia en la localidad, reconocido por las autoridades del lugar, que le otorgan la distinción de “Don”, pero aún en términos de la época no podríamos hablar de un gran hacendado. Más bien, parecieran confirmar los distintos datos que fuimos recolectando, que se trata de un productor rural entre pequeño y mediano, al que su reciente llegada al pago impide que podamos rastrearlo hacia atrás y que no figura en el Registro de Hacendados de 1789, por lo que también es difícil encontrarlo después del ejercicio de su cargo.

 

1792: Don Gregorio Díaz

 

Don Gregorio Díaz fue electo el 1° de enero de 1792 y asumió el cargo el 20 de abril de ese año.

Su presencia en Pergamino es de larga data, ya que aparece como “soldado” miliciano participando en la Compañía con residencia en la localidad de las fuerzas que en ese momento comandaba Don Francisco Sierra. En ese listado, que con fecha 29 de diciembre de 1770 es remitido a Buenos Aires, aparecen varios de los futuros Alcaldes de Hermandad, algunos ya con un lugar destacado dentro de las tropas y otros, como Gregorio Díaz, que en aquél entonces era un soldado raso y no era reconocido con la distinción “Don” que sí reconocía a otros integrantes de la compañía (AGN, Sala IX, Leg. 1-5-6, Comandancia de Fronteras, Pergamino).

Al igual que Don Pedro Baños, Gregorio Díaz también aparece entre aquellos que aportaron a la Iglesia de la Merced a partir de un deceso en su familia. En su caso, el 1° de julio de 1779, entregó dos reses por el valor de 4 pesos “por su difunta muger” (AGN, Sala IX, Leg. 1-5-6, Comandancia de Fronteras, Pergamino).

No obstante, estimamos que este último dato es relevante porque nos permite identificar a Gregorio Díaz como un pastor de ganado, ya que, ante la necesidad de abonar los derechos correspondientes al sacramento del fallecimiento de su esposa, decide entregar dos reses para cumplir con el pago a la Iglesia de la Merced.

Sin embargo, a diferencia de Baños, y a 9 años del anterior registro que habíamos examinado, las autoridades continuaban negándole la distinción de “Don”. Esto no se puede cotejar con el empadronamiento de 1779, porque Don Gregorio Díaz no aparece en dicho padrón.

Pero sí se puede comparar con su situación en el Padrón que se levantó en la campaña en 1779, en la que un indicador podría darnos un indicio de por qué nunca se lo reconoció como “Don”, más allá del nombramiento del Cabildo porteño: Allí, Gregorio Díaz figura en el listado de “naturales yndios solteros”, es decir, como indio. Esto lo comprobamos porque tanto españoles como criollos blancos aparecen denominados como “españoles casados”, “españoles solteros”, “españoles viudos” o “españoles párvulos”, y en esas categorías son mencionados otros futuros Alcaldes de Hermandad.

Hay allí, empero, un dato interesante. El censista lo registra como soltero; no obstante, y como vimos, ese año Díaz hace una contribución por su difunta mujer. Creemos que eso se debe a que Don Francisco Laprida no registró a los “naturales” viudos, como sí hizo con “españoles” y “españolas”. Los “naturales” eran casados, solteros o párvulos. Teniendo en cuenta que el libro de la Iglesia asegura que la mujer de Díaz falleció antes del 1° de julio, que es cuando entregó las dos reses, y el padrón está fechado en diciembre, podemos señalar que por eso aparece como soltero.

Estimamos que su elección se debe a su vieja pertenencia al servicio miliciano, en la que pudo tomar contacto con Don Diego Trillo y Don Eusebio Davila, entre otros, Alcaldes de Hermandad en años precedentes a su asunción del cargo.

Esas relaciones que pudo haber tejido durante tantos años, sumado a la predilección que parecieran demostrar las autoridades porteñas por la elección de hombres vinculados a las armas en los primeros años del poblado, pudieron ser definitivos para el nombramiento de Gregorio Díaz.

Estas características que hemos reseñado, más su ausencia en los libros de la parroquia de la Merced, nos lleva a pensar en una persona con un patrimonio modesto y sin grandes contactos o vínculos con personalidades más destacadas de la zona.

 

1802 y 1806: Don Juan Guardiola

 

Don Juan Guardiola fue una personalidad de notable importancia en el pago de Pergamino. No sólo por lo que puede observar a partir de los datos que nos aporta el censo de 1815, en el que su unidad censal es una de las más significativas del partido, sino por las relaciones sociales y políticas que mantuvo y por su participación en la vida social de la localidad.

Guardiola nació en La Coruña, España, y tenía 42 años al momento del censo, por lo que asumió el cargo de Alcalde por primera vez con 29 años, joven si tenemos en cuenta el promedio con el que en general se tomó posesión del mismo.

Su actividad estaba vinculada al comercio, por eso el censista lo menciona como “mercader”. En su propiedad vivían 17 personas: él; su mujer Doña María del Rosario, originaria de Arrecifes y de 35 años; 6 hijos, todos nacidos en Pergamino y el mayor ya de 15 años, llamado Felipe; y 9 esclavos: un matrimonio entre un africano y una parda de 27 y 24 años, con un hijo de 3 y uno de 2, ya liberto y otros 4 de 22, 16, 12 y 9.

Por las edades de los esclavos, apuntamos que Don Juan Guardiola contaba con un valioso aporte de fuerza de trabajo extrafamiliar. Y no descartamos que haya utilizado mano de obra libre, ya que en unidades censales cercanas a su propiedad se encontraban jornaleros y labradores.

Don Juan mantuvo relaciones con otros personajes que ocuparon distintas posiciones de prestigio social o que tuvieron un patrimonio económico considerable. Por ejemplo, el 11 de noviembre de 1814, bautizó a su hijo, que fue apadrinado por un presbítero, Don Pedro Gómez (Parroquia Nuestra Señora de la Merced, Bautismo: Libro N° 4, Folio N° 102).

Su presencia en la zona fue rápidamente reconocida, ya que como hemos visto, fue Alcalde de Hermandad a una edad muy temprana. Sin embargo, eso ya quedaba reflejado cuando bautizó a su primera hija, María Tomasa, que morirá a los pocos meses. En la inscripción por parte del cura de la parroquia, se lee que los padres de la niña son Don Juan Guardiola y Doña María del Rosario Rodríguez (Parroquia Nuestra Señora de la Merced, Bautismo: Libro N° 1, Folio N° 156). El padrino es otra persona reconocida como “Don”, Santiago Quintana. La administración del sacramento estuvo a cargo del entonces Teniente de Cura, Don Eusevio José Trillo, hijo de Don Diego Trillo.

Don Juan Guardiola asumió los dos mandatos en los que el Cabildo porteño lo eligió como “Juez”: el primero, el 18 de marzo de 1802 y el segundo el 22 de marzo de 1806 (Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires, Tomo I- Libros LVII, LVIII y LIX- Años 1801 a 1804 y Tomo II- Libros LIX, LX, LXI y LXII- Años 1805 a 1807).

 

Relaciones con otros poderes

 

Luego del análisis que hemos realizado sobre los tres Alcaldes de Hermandad, nos quedan por observar dos cosas: la relación que mantuvieron con los distintos poderes locales y algunas acciones en concreto que desarrollaron y de las que quedaron registro.

El primer punto es el que nos convoca en este acápite. El examen de los perfiles de los Alcaldes nos permitió reflexionar y mirar con más detenimiento ciertos vínculos que se establecieron con otros poderes locales, especialmente la Iglesia y las autoridades militares.

En ese sentido, cuando narramos el perfil de Don Pedro Baños, primer Alcalde de Hermandad, contamos que sus dos hijos fueron apadrinados por distintas autoridades eclesiásticas, y que él mismo tenía la capacidad de bautizar niños y niñas, lo que no fue puesto en duda en su caso y en otros que tuvieron facultades para la administración de sacramentos otorgada por el clero.

A lo largo de los perfiles, vimos que en el caso de las personalidades más destacadas, las vinculaciones entre las autoridades políticas, militares y eclesiásticas se consolidaba y se nutría de múltiples conexiones; aunque era más relativa para aquellos que ocuparon el cargo y no tenían un gran ascendente en la población, seguramente porque su origen social y su patrimonio económico no era relevante.

No obstante, la presencia de varios actores operando en la jurisdicción podía generar distintos problemas e incluso, malestares entre ellos. Un ejemplo de ello se produjo en 1814. El 27 de septiembre, una queja llega al Cabildo porteño. El alcalde en funciones de Pergamino envía un oficio en el que expresa su malestar con el comandante del fuerte de Rojas que, según él, no lo dejaba desempeñar las funciones de su cargo con normalidad.

El Acuerdo del Cabildo lo expresa de esta manera:

 

Se leyó un oficio del Alcalde de Hermandad del Pergamino D. Manuel de Azevedo y Olmos quexandose de que el Comandante Militar de la Frontera de Roxas le impide el que pase a exercer los actos y funciones de su oficio en el vecindario, y jurisdicción, siendo perteneciente a aquel Curato, a fin de que se provea lo que se tenga por conveniente; Y los SS. acordaron se eleve al Supremo Director con el correspondiente oficio (Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires, Tomo IV- Libros LXIX a LXXIV - Años 1814 a 1815).

 

Si bien el Cabildo, al menos en este caso, le pasa el problema al Supremo Director de las Provincias Unidas, la queja que expresó el Alcalde de Pergamino tenía antecedentes en otras localidades. Y respecto a las autoridades militares, también apuntaba a la falta de auxilio para el cumplimiento de las funciones que demandaba el puesto.

Otro ejemplo de las tensiones entre distintos actores políticos y sociales que operaban en el pago lo encontramos en 1800. El cura párroco de la iglesia de la Merced, José Saturnino Hernández, le envía una carta al Virrey Marques de Avilés, fechada en Pergamino el 26 de junio de ese año, dos meses después de la asunción de Don Andrés Leiba.

En la misiva, el capellán le relata al Virrey la situación que se vive con una persona que vive en amancebamiento. Evidentemente, la respuesta de las autoridades locales no satisfacía la pretensión de la autoridad eclesiástica, que buscó respuestas en Buenos Aires.

Hernández asegura que:

 

El no haver entendido señor en este asunto los jueces del partido, ha sido porque el padre del citado Machado vive en buena feé, no se sospecha nada, como es natural, de su hijo, y en las ausencias que hace le deja encargado el cuidado de su casa, y tambien porque estas causas son dificiles en estos destinos de reducirlas al metodo ordinario judicial, de donde resulta el delito averiguado, y cierto, y temen los jueces repitan contra ellos y queden desairados (Archivo General de la Nación, Sala IX, Comandancia de Frontera, Legajos 1-5-6-Pergamino)

 

La crítica a las autoridades políticas no podía ser más dura de parte del cura párroco, que además la elevó para su conocimiento por parte de las autoridades con asiento en la Ciudad de Buenos Aires.

 

Los Alcaldes de Hermandad en acción

 

En esta última sección y antes de las conclusiones, vamos a examinar dos casos en concreto para analizar la actuación de los Alcalde de Hermandad del Partido de Pergamino para ver cómo era la dinámica de sus funciones y a qué cuestiones prestaban más atención. Entre ellos, en uno participará uno de los funcionarios antes reseñados: Gregorio Díaz.

El 17 de abril de 1791, el Alcalde recién asumido de la Santa Hermandad, Don Tomas Aquino Benites, remite una carta a Buenos Aires en la que informa que está trasladando a la Ciudad a cinco presos. En la misma se puede leer que al frente de la comitiva se encontraba el cabo Don Pedro Bera y nueve hombres de custodia de:

 

sinco presos en calidad de bagos, cuios nombres, patria, estado y hedad son los que constan en la adjuntada minuta estos son sumamente perjudiciales pues no tienen mas vida que entregados al osio al juego y andar de en pago en pago sin oficio ni exercicio y como en mi auto de vuen govierno que hize promulgar luego que me puse en posecion de la vara de Hermandad de este partido de el Pergamino mandase que toda gente baga ociosa y mal entretenida saliese de mi jurisdiccion en el termino de oho dias, no habiendo estos cumplido con este precepto los remito a la superior disposicion de V.E. para que les de el destino que fuese de su superior agrado” (Archivo General de la Nación, Sala IX, Comandancia de Frontera, Legajos 1-5-6-Pergamino).

 

En la minuta adjunta, elaborada por Don Tomas Aquino Benites, en cumplimiento de las órdenes dadas a los Alcaldes de Hermandad para que levanten sumario y envíen a los presos a la Ciudad, aparecen los perfiles de los cinco presos:

 

Joseph Andrés Ferreira natural de la Ciudad de Cordova de Hedad de treinta años poco mas o menos casado que no asiste a sus obligaciones; Santos soltero natural de la jurisdiccion de Santiago del Estero su Hedad de veinte y seis a treinta años; Joseph Medina natural del rio Segundo jurisdiccion de Cordova soltero su Hedad como de veinte y dos años; Juan Joseph Bustamante natural del rio Seco jurisdiccion de Santiago del Estero mozo soltero su Hedad es de veinte y nueve años; Juan Manuel Sambrano natural de Santa Fée soltero su Hedad poco mas de veinte años segun muestra y no tiene ninguno de los expresados segunda fé de bautismo (Archivo General de la Nación, Sala IX, Comandancia de Frontera, Legajos 1-5-6-Pergamino)

 

En las fuentes correspondientes a este caso se observa qué actitud tomaron en Buenos Aires respecto a los presos remitidos y qué importancia le daban a la opinión del Alcalde. Consultaron primero cuáles de ellos tenían actitudes para reforzar el Regimiento de Infantería y se concluyó que dos de ellos podrían sumarse a dicha fuerza, por lo que les dictaron cuatro años de servicio. A los otros tres, que según la persona que los analizó no contaban con las suficientes aptitudes, los encarcelaron durante cuatro meses en el presidio.

En cuanto a Gregorio Díaz, que asumió su cargo en 1792, el 27 de agosto de ese año, escribió una carta a Buenos Aires, que acompaña el traslado de un mulato llamado “Andres Ribarola”, en la que informa que “andaba en ilicita amistad con una viuda llamada Catalina” y que se encontraba “en la ociosidad, y que asi mismo es el dicho casado en Montebideo, por todo lo qual lo remito a la disposicion de esa capital” para que allí se tome una decisión respecto a ese caso (Archivo General de la Nación, Sala IX, Comandancia de Frontera, Legajos 1-5-6 Pergamino).

En Buenos Aires, las autoridades resolvieron a fines de septiembre, remitir “en la primera oportuna ocacion” a Andres Ribarola a disposición del Gobernador de Montevideo “noticiandole la causa por que ha sido remitido a esta Real Carcel, encargandole zele sobre su conducta y haga se junte con su muger, que segun se dice en esta parte reside en Montevideo” (Archivo General de la Nación, Sala IX, Comandancia de Frontera, Legajos 1-5-6 Pergamino).

 

El fin de una era: los Jueces de Paz reemplazan a los Alcaldes de Hermandad

 

En las décadas del ‘20 y el ´30, en las diferentes jurisdicciones del ex Virreinato del Río de la Plata, el cargo de Alcalde de la Hermandad fue dando paso a la aparición de nuevos funcionarios. Darío Barriera (2013) apunta la siguiente cronología: “Los primeros suprimidos fueron los de las villas entrerrianas de Gualeguay, Gualeguaychú y Concepción del Uruguay (1820), luego de Buenos Aires y Luján (1821), La Rioja en 1822, Corrientes, Córdoba, San Juan y Tucumán en 1824, Mendoza y Salta en 1825, Catamarca y San Luis en 1828, Santa Fe en 1832, Santiago del Estero en 1833 y Jujuy en 1838” (p. 29).

En la jurisdicción del Cabildo de Buenos Aires, fueron las nuevas autoridades del gobierno de Martín Rodríguez las que decidieron cesar las funciones del cuerpo porteño y prescindir de las alcaldías de la hermandad. Estos últimos fueron reemplazados por los Jueces de Paz.

El plan y la ejecución de las medidas fueron tomadas en un lapso de tiempo relativamente corto: a fines de noviembre, se conoce el proyecto de decreto del Gobierno que propone la supresión de los Cabildos, que fue enviado a la Honorable Junta de Representantes.

La iniciativa fue acompañada por una serie de decisiones que buscaron esmerilar el poder del cuerpo porteño, facilitando su disolución: el 1° de diciembre, y mediante un decreto, el Gobierno provincial pasa toda la recaudación de impuestos desde el Cabildo al Ministerio de Hacienda.

El Cabildo porteño discutió la nueva situación el 4 de diciembre de 1821, y sus autoridades decidieron, a propuesta del Síndico, reclamar ante el Gobierno por considerar que se trataba de “una propiedad de Cavildo de que se le despoja”. No obstante, el cuerpo era consciente de su debilidad, por lo que acordaron “se eleve la reclamacion al govierno concebida en terminos decorosos y moderados” y avanzar ante diversos pedidos que el Ejecutivo provincial le efectuaba (Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires, Tomo IX- Libros LXXXIII a LXXXVIII - Años 1820 a 1821).

El 10 de diciembre, el Gobierno remite a la Honorable Junta de Representantes el proyecto de ley sobre supresión de los Cabildos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

En ese sentido, y al día siguiente, el cuerpo recibe un oficio del Ejecutivo, fechado el 7 de diciembre, en el que decide suspender las elecciones para cargos municipales, lo que se condecía con su objetivo, cada vez más evidente, de producir transformaciones institucionales en el área bajo su jurisdicción.

Otra vez, y viéndose y sintiéndose acorralado, el Cabildo trata de no perder su presencia e impulso, haciendo equilibrio entre mantener una relación amable con el Gobierno, aunque marcándole que su autoridad deriva del “pueblo” y no del Ejecutivo provincial. En ese acuerdo se puede leer lo siguiente:

 

(...)Se vio un oficio del superior govierno fecha siete del corriente, en que avisa haver dispuesto se suspendan las elecciones de los individuos que deben sostituir en el año entrante á los SS. Capitulares del presente, hasta tanto se comunique al Ayuntamiento otra determinacion: Los SS. acordaron se oficie al govierno, haciendole presente que el Cavildo esperará esa determinacion que se indica, siempre que ella no sea posterior al treinta y uno de Diziembre, en la inteligencia de que pasado este dia no exerzeran el Cavildo ni sus Capitulares funcion alguna, proque desde él creen que espiran las facultades, que limitadamente recivio del Pueblo y no de otra autoridad para solo un año, cuias facultades no pueden prorrogar otro que no sea el mismo Pueblo, por lo que este expresamente decidio para las elecciones del año anterior, cuio hecho se explanará en el oficio, concluiendo con que si el cavildo en su concepto há desempeñado tal qual la confianza del Pueblo, no quiere incurrir en una nota que ataca las prerrogativas de este; no haviendo sido de este sentir el Señor D. Joaquin de Achaval, quien salvó su voto (Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires, Tomo IX- Libros LXXXIII a LXXXVIII - Años 1820 a 1821).

           

Sin embargo, los hechos se precipitan y la Honorable Junta de Representantes aprueba hacia fines de diciembre la supresión de los Cabildos. En cuanto al Gobierno de la campaña, en la misma iniciativa se modifica el marco institucional y la representación política en el interior bonaerense.

El 28 de diciembre se conoce cómo será la nueva estructura: la Provincia se dividirá en tres departamentos y Pergamino quedará en el tercero, cuyos límites serán el Río Areco y el Arroyo del Medio, y comprenderá, además, a San Pedro, Baradero, Arrecifes, Salto, Rojas y San Nicolás.

Un nuevo decreto, está vez del 29 de diciembre, elige a los diferentes jueces en lo civil y criminal de cada uno de los departamentos y Don Mariano Andrade es el escogido para el tercer departamento, con residencia en San Nicolás de los Arroyos.

El 31 de diciembre se publica la Ley aprobada por la Honorable Junta de Representantes en la que se suprime el Cabildo porteño, perfilándose un nuevo mapa político en la Provincia de Buenos Aires. También figuran los jueces de paz, las nuevas autoridades de los Partidos, con sus atribuciones y su reemplazo de los Alcaldes de Hermandad.

 

Aspectos metodológicos: análisis prosopográfico y construcción de una tipología

 

Una serie de autores han probado las ventajas del análisis prosopográfico[7] para el estudio de los Alcaldes de Hermandad de diferentes jurisdicciones de la campaña bonaerense y rioplatense en general (Barriera, 2013; Birocco, 1998; Galarza, 2012; Garavaglia, 2009; Polimene, 2017a y 2017b).

Según Ferrari (2010), la prosopografía es una “técnica específica para hacer biografías colectivas” (p. 530). La autora asegura que el primer paso es la delimitación de un grupo de individuos que integran un actor colectivo. En un segundo momento, a cada uno de los miembros de ese conjunto mayor, se le hace un cuestionario común relativo a sus características personales y atributos. En nuestro caso, en el siguiente paso, intentamos recuperar la multiposicionalidad de los individuos.

Ferrari (2010) señala que:

 

Una vez procesada esa información es posible describir los perfiles emergentes del conjunto y analizar las relaciones entre los individuos del mismo o de diferentes campos, o entre los individuos y otros actores colectivos para, finalmente, contribuir a explicar al actor colectivo como una configuración social siempre cambiante y de fronteras lábiles, que actúa dentro de una sociedad en un tiempo determinado (pp. 530-531).

 

En funciones de los objetivos que nosotros nos hemos propuesto, consideramos que la principal ventaja de este abordaje es que, al relevar el perfil individual y colectivo de las primeras autoridades políticas del Partido de Pergamino, podremos en un siguiente paso confeccionar una tipología que demuestre las hipótesis planteadas.

Para dicha construcción, hemos armado tres dimensiones, cada una con una serie de indicadores, que nos permitan en una siguiente instancia, colocar a cada uno de los Alcaldes en un conjunto mayor que los agrupe y los diferencie de los demás, para poder probar las afirmaciones que se compartieron en este trabajo.

Las dimensiones a las que hemos aludido son tres:

1.      una referida a la situación económica;

2.      una que evalúa la participación institucional y los vínculos políticos;

3.      y una última que interroga las relaciones y el ascendente social.

En cuanto a la primera dimensión, los indicadores propuestos para observar en las fuentes y habilitar la clasificación fueron: -propiedad de la tierra y tamaño; -propiedad de la tierra en otra localidad; otras actividades ganaderas; stock ganadero; producción agraria; posesión de esclavos; posesión de criados y/o domésticos; peones y/o jornaleros trabajando en su Unidad Censal.

Por su parte, en la segunda dimensión, buscamos relevar los siguientes indicadores: -otros cargos políticos a nivel local; otros cargos políticos a nivel regional; -si fueron oficiales milicianos o militares.

En la última dimensión, los indicadores que fueron considerados fueron: -partícula “Don” en el

Censo de 1815; -partícula “Don” en padrones regionales; -partícula “Don” en padrones locales; -partícula “Don” en registros parroquiales; -relaciones con otras personalidades locales.

A partir de estas dimensiones e indicadores, pudimos recolectar información de una serie de Alcaldes; en el caso de este artículo, compartimos la trayectoria de tres de ellos que estimamos representativos de un conjunto mayor que los agrupa y los diferencia de los demás.

Específicamente, juzgamos que los Alcaldes se pueden dividir de la siguiente manera:

- El primer grupo es el que está compuesto por los grandes productores, grandes comerciantes o personalidades sumamente relevantes en la comunidad, que en general establecieron entre ellos significativas vinculaciones, conformando el sector más poderoso de Pergamino. Además, mantuvieron relaciones con otros actores locales, sean otras instituciones, como la eclesiástica o militar, u Alcaldes de Hermandad de menor influencia. Y, en algunos casos, tuvieron contacto con autoridades por fuera de la localidad. Entre los casos analizados, ubicaríamos en este conjunto a Don Juan Guardiola.

- El segundo grupo es a nuestro modo de ver, el más numeroso, porque tenemos en cuenta, como señalamos, aspectos económicos, sociales y políticos. Acá se encuentran toda una miríada de productores de pequeños a medianos y de medianos a grandes, algunos con influyentes vínculos políticos y sociales, incluso entre ellos, y otros a los que hasta le costó el reconocimiento dentro de su propia comunidad. Entre ellos, no detectamos ningún caso que se haya dedicado a otra actividad que no sea la agrícola-ganadera. El caso de Don Pedro Baños entraría entre estos.

- Y un último grupo en el conviven Alcaldes de la Hermandad con cierto ascendiente social, a los que se les reconoce el uso de “Don”, con otros que llegaron a esa distinción después de un largo camino, y unos últimos que no lo obtuvieron. Se trata de productores o comerciantes muy pequeños, con escasas relaciones de significación dentro del pago y cuyo paso por la localidad queda registrado en pocos documentos, lo que avala el argumento sobre la relevancia de este sector. Entre los tres casos que analizamos, Gregorio Díaz es el que ingresaría en este conjunto.

 

Conclusiones

 

En este artículo comenzamos analizando de dónde surgía y cómo llegaba al Río de la Plata la función de los Alcaldes de Hermandad, a la vez que rastrear en la normativa y en la práctica concreta de los agentes cuál era la jurisdicción que les correspondía y qué tareas tenían que llevar adelante en sus respectivos pagos. Desde ese momento, fuimos revisando una serie de casos concretos para respaldar nuestras afirmaciones e intentar expandir la mirada para ver qué sucedía en cada territorio, más allá de lo que se establecía o se decía en Buenos Aires. Intentamos entablar un diálogo entre las distintas fuentes relevadas para definir cuestiones que, entendemos, no habían sido precisadas, y determinar cuál era el perfil de cada uno de esos jueces de campaña.

En esa búsqueda, creemos haber podido mostrar las diferentes situaciones personales que los Alcaldes elegidos tenían, lo que a la postre configuraba un escenario donde el cargo no fue hegemonizado, ni mucho menos, por los más poderosos de la localidad.

Las relaciones con otros poderes y la actividad que desempeñaban los Alcaldes se transformaron en miradores desde donde calibrar con mayor precisión cuáles de ellos tenían vínculos y cómo eran esos contactos con actores locales, regionales y de Buenos Aires, lo que amplío nuestro análisis sobre estos funcionarios.

Consideramos, entonces, que podemos dividir a los Alcaldes de la Hermandad en tres grupos. Cabe señalar que la división no responde solo a aspectos económicos, sino también a lo que pudimos ir relevando sobre el ascendiente sobre la población o las relaciones políticas y sociales que el sujeto en cuestión manejaba y que, en resumidas cuentas, habilitaba a cada uno de ellos a una diferente significación dentro del Pergamino de la última etapa colonial y la primera independiente.

La investigación, que continúa, se propone el análisis lo más pormenorizado posible del resto de los Alcaldes de Hermandad, intentando construir un perfil socio-político-económico que respalde su inclusión dentro de alguno de los grupos que hemos construido, que termine por afianzar una indagación de conjunto, detectando semejanzas y diferencias entre todos ellos y entre cada conjunto de funcionarios.

 

Bibliografía

 

Angeli, S. (2011): Prosopografía de un tribunal Americano. La primera audiencia de Lima (1544-1548). Revista de Historia del Derecho, 41, Recuperado de http://www.scielo.org.ar/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1853-17842011000100002&lng=es&nrm=iso

Azcuy Ameghino, E. y Martínez Dougnac, G. (1987). Tierra y ganado en la campaña de Buenos Aires según los Censos de Hacendados de 1789. Buenos Aires: Instituto de Investigaciones de Historia Económica y Social, Universidad de Buenos Aires.

Barral, M. y Fradkin, R. (2005): Los pueblos y la construcción de las estructuras de poder institucional en la campaña bonaerense (1785-1836). Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana “Dr. Emilio Ravignani” 27. 7-48). Recuperado de http://www.scielo.org.ar/pdf/bihaar/n27/n27a01.pdf

Barriera, D. (Director) (2010a). Instituciones, gobierno y territorio. Rosario, de la Capilla al Municipio (1725-1930). Rosario: Ediciones del ISHIR-CONICET.

Barriera, D. (2010b). Un rostro local de la Monarquía Hispánica: justicia y equipamiento político del territorio al sureste de Charcas, siglos XVI y XVII. Colonial Latin American Historical Review, 15, University of New México, Alburquerque, 377-418. Recuperado de http://historiapolitica.com/datos/biblioteca/monarquia_barriera.pdf

Barriera, D. (2013). Justicias rurales: el oficio de Alcalde de la Hermandad entre el derecho, la historia y la historiografía (Santa Fe, Gobernación del Río de La Plata, siglos XVII a XIX). Andes, 24, 17-61. Recuperado de https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=12730581001

Birocco, C. (1998): La estructuración de un espacio de poder local en la campaña bonaerense: las alcaldías de la Santa Hermandad de los partidos de Areco y la Cañada de la Cruz (1700-1790). En Gresores, G. y Birocco, C., Tierra, poder y sociedad en la campaña bonaerense colonial, Buenos Aires, volumen n°5 de la serie “Cuadernos del P.I.E.A”. Recuperado de https://www.academia.edu/17675361/La_estructuraci%C3%B3n_de_un_espacio_de_poder_local_en_la_campa%C3%B1a_bonaerense_las_alcald%C3%ADas_de_la_Santa_Hermandad_de_los_partidos_de_Areco_y_la_Ca%C3%B1ada_de_la_Cruz_1700_1790_

Burkholder, M. y Chandler, D. S.: Biographical Dictionary of Audiencia Ministres in the Americas, 1687-1821, Connecticut, 1997.

Dupuy, A. (2004). El fin de una sociedad de frontera en la primera mitad del siglo XIX. Hacendados y Estancieros en Pergamino. Mar del Plata: Editorial Universidad Nacional de Mar del Plata.

Ferrari, M. (2010): Prosopografía e historia política. Algunas aproximaciones. Antítesis, 3(5) 529-550. Recuperado el 10 de marzo de 2022 de la siguiente url: https://www.redalyc.org/pdf/1933/193314432023.pdf

Galarza, A. (2012): ¿Quiénes son las autoridades? Un análisis socioeconómico de las autoridades locales en un partido del sur de la campaña de Buenos Aires. Chascomús entre 1808 y 1821. Anuario del Instituto de Historia Argentino, 12, La Plata. Recuperado de https://www.anuarioiha.fahce.unlp.edu.ar/article/view/IHAn12a03/pdf_3

Galimberti, V. (2018): Las prácticas electorales coloniales y la conformación de un habitus electoral. El cabildo de la Villa del Luján entre 1771 y 1821. Prohistoria, XXI, 29, 43-67. Recuperado de https://www.redalyc.org/journal/3801/380155972015/

Garavaglia, J. (2009): San Antonio de Areco, 1680-1880. Un pueblo de la campaña, del Antiguo Régimen a la modernidad argentina. Rosario: Prohistoria Ediciones.

Giménez Colodrero, L. (1945): Historia de Pergamino hasta 1895. La Plata: Taller de Impresiones Oficiales, pp. 350.

Hespanha, A. (1993). La gracia del derecho. Economía de la cultura en la edad moderna. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.

Lanteri, S. (2011): Un vecindario federal. La construcción del orden rosista en la frontera sur de Buenos Aires (Azul y Tapalqué). Córdoba: Centro de Estudios Históricos “Prof. Carlos S. A. Segreti”.

Levaggi, A. (2009): La alcaldía de hermandad en el Virreinato del Río de la Plata (1776-1810) (Casuística y jurisprudencia). Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, XXXI, Valparaíso, Chile, 317-348. Recuperado de https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_abstract&pid=S0716-54552009000100012&lng=es&nrm=iso

Néspolo, E. (2006): Resistencia y complementariedad, gobernar en Buenos Aires. Luján en el siglo XVIII: un espacio políticamente concertado. (Tesis Doctoral) Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires. Recuperada de http://repositorio.filo.uba.ar/handle/filodigital/4151

Polimene, M. (2017a): El estudio del gobierno de una jurisdicción rural en el siglo XVIII. Derroteros historiográficos y lineamientos metodológicos. En Fernández, S. y Polimene, M. (Coordinadoras), Historia regional. Agenda y resultados recientes, Rosario: Prohistoria Ediciones y Universidad Nacional de Rosario pp. 51-73. Recuperado de https://www.academia.edu/36001218/_El_estudio_del_gobierno_de_una_jurisdicci%C3%B3n_rural_en_el_siglo_XVIII_Derroteros_historiogr%C3%A1ficos_y_lineamientos_metodol%C3%B3gicos_

Polimene, M. (2017b): Los alcaldes de la Hermandad en el Pago de Bajada del Paraná. La justicia rural en el siglo XVIII. En Barriera, D. y Salduna, B. (Directores), Historia Institucional del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos (1573-2017). Paraná: Ediciones del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos, pp. 45-62. Recuperado de  https://www.academia.edu/36001269/_Los_alcaldes_de_la_Hermandad_en_el_Pago_de_Bajada_del_Paran%C3%A1_La_justicia_rural_en_el_siglo_XVIII_

Restaino, R. (2015). Historia del Partido de Pergamino. Pergamino: Fondo Editorial Municipal – Gobierno de Pergamino.

Stone, L. (1971): Prosopography. Daedalus, 100(1), Historical Studies Today, 46-79.

Toscani de Churin, A. (2003). Pergamino. Una historia de la frontera bonaerense. 1780-1825. Pergamino: Editorial Impresos Grafiper, pp. 168.

Toscani de Churin, A (2005). La construcción de la familia en el Partido de Pergamino durante el proceso independentista. Una mirada sobre algunas de sus mujeres. Trabajo presentado en las X° Jornadas Interescuelas, Rosario, Argentina. Recuperado de https://cdsa.aacademica.org/000-006/100.pdf

 

Fuentes

 

Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires. Recuperado de: http://biblioteca.legislatura.gov.ar/bibliotecaDigitalDetalle.aspx?id=14

Archivo General de la Nación (A.G.N), Sala IX, Comandancia de Frontera, Legajos 1-5-6 (Pergamino)

Archivo General de la Nación (A.G.N), Sala IX, Legajos 9-7-6: Padrón de la Ciudad y Campaña de Buenos Aires 1779.

Archivo General de la Nación (A.G.N), Sala X, Legajos 8-10-5: Padrón de la Campaña de Buenos Aires. Censo 1815.

 

Recibido: 28/10/2021

Evaluado: 24/03/2022

Versión Final: 14/04/2022

 

 



(*) Licenciado en Ciencia Política (Universidad de Buenos Aires). Maestrando en Ciencias Sociales con mención en Historia Social (Universidad Nacional de Luján). Argentina. E-mail: patricioklimezuk@gmail.com ORCID: https://orcid.org/0000-0003-3691-5942

[1] Una versión preliminar de este trabajo fue presentado en el “V Congresso Internacional História, Regiões e Fronteiras”, de la Universidad de Passo Fundo.

[2] La tesis de maestría tiene como título: “Los Alcaldes de la Hermandad en Pergamino: un estudio de caso en el Virreinato del Río de la Plata” y será presentada en la Universidad Nacional de Luján. Es dirigida por la Doctora María Sol Lanteri y codirigida por el Doctor Alejandro Fernández. Agradezco a ambos sus aportes. También, los comentarios y sugerencias de los evaluadores externos de la revista, que me han permitido revisar ciertas cuestiones del artículo e intentar mejorarlo. Por último, quisiera agradecer a mi esposa, Lorena, y a mis hijos, Andrés y Pedro, por su permanente acompañamiento.

[3] Pergamino se encuentra en la campaña norte bonaerense (Barral y Fradkin, 2005, p.14), distante aproximadamente unos 220 kilómetros de la Ciudad de Buenos Aires. En la época colonial, formaba parte de la jurisdicción del Cabildo de Buenos Aires.

[4] Hacia el final del artículo, en el apartado “Aspectos metodológicos”, brindaremos más precisiones en torno a la utilización del método prosopográfico y de la forma en que la hemos construido la tipología.

[5] Darío Barriera registra una situación similar para el caso de la jurisdicción del cabildo de Santa Fe: “Según mi registro, 308 hombres ejercieron alcaldías de la hermandad santafesinas al menos en una ocasión entre 1616 y 1816. Estos 308 hombres cubrieron 428 puestos/año del oficio; una estadística abstracta indica que `cada hombre´ habría ocupado 1,38 veces el puesto. El dato puro solo sirve para afirmar que hubo una tasa de `monopolización´ del puesto bastante baja; la información detallada de la base de datos, no obstante, indica que entre 1616 y 1686 solo 11 hombres ocuparon el cargo dos veces (y dos, Sebastián de la Cruz y Juan Rodríguez Bracamonte, en tres ocasiones) y entre 1687 y 1816, fueron 57 los que lo hicieron dos o más veces (durante este periodo hubo quienes ejercieron el oficio hasta en seis ocasiones, que es el caso de Francisco de Frías).” Por otra parte, nuestra investigación se dirigió por un camino similar al que planteó el autor: “Este relevamiento sirvió para detectar los nombres más repetidos y para plantear la búsqueda de datos prosopográficos según recortes por región”. Como veremos más adelantes, los perfiles socio-político-económicos de los Alcaldes de Hermandad de Pergamino nos permitió la realización de una tipología para encuadrar las diferentes situaciones en las que se encontraban csada uno de ellos. (Barriera, 2021)

[6] Para conocer los límites que los contemporáneos asignaban al nuevo Partido, podemos remitirnos a los Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires en donde tenemos una primera respuesta. El 10 de septiembre de 1787, el Virrey marqués de Loreto le solicita a las autoridades porteñas información sobre las poblaciones y partidos a su cargo. El Cabildo la recepta pero evidentemente nunca responde (Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires, Tomo VIII - Libros XLVII al XLIX- Años 1786 a 1788) El 22 de marzo de 1790, su sucesor en el cargo, Nicolás de Arredondo, se queja de la situación en los siguientes términos: “No haviendose recivido en este Superior Govierno la relación, que pidió a V.S. mi inmediato Antecesor de los Partidos, y Pueblos de la Jurisdicción de esta Ciudad, y de sus Distancias á ella, y á su Capital respectiva, prevengo á V.S. la forme, y me la pase á la mayor vrebedad, comisionando al efecto Persona que tome, y le ministre los conocimientos necesarios”. Para esa labor, el Alcalde Provincial, muchas veces criticado por sus colegas de Cabildo, fue de vital importancia, lo que indica que tenía cierto conocimiento de la campaña bonaerense. Diego Mantilla y los Ríos señala que el curato de Pergamino “se estiende desde el lindero de el curato de Areco al Sur hasta el lindero de el Curato de el Pergamino á el Poniente, como diez leguas, y de Lebante á Poniente, hasta topar con la Guardia de el Salto como doce leguas”. La relación confeccionada por Mantilla y los Ríos lleva fecha del 17 de septiembre de 1789, por lo que podemos concluir que el Cabildo había resuelto la labor encargada por la autoridad superior pero nunca había entregado la información. (Acuerdos del Extinguido Cabildo de Buenos Aires, Tomo IX- Libros XLIX, L, LI y LII- Años 1789 a 1791).

 

[7] Por su parte, autores y autoras que han desarrollado las características del método: Stone, 1971; Ferrari, 2010; Burkholder, 1977; Angeli, 2011.